Cortes Catalanas

Cortes Catalanas
Corts Catalanes

Fernando II entre dos escudos del Señal Real de Aragón.jpg
Fernando II de Aragón en su trono enmarcado por dos escudos con el emblema del señal real. Frontis de una edición de 1495 de las Constituciones catalanas.[1]
Información general
Ámbito Principado de Cataluña
Creación 1218
Término 1714
Tipo Corte itinerante

Las Cortes Catalanas o Cortes Generales de Cataluña[2]​ fueron el órgano legislativo del Principado de Cataluña desde el siglo XIII hasta el siglo XVIII.

Sello de la Diputación del General del Principado de Cataluña de finales del siglo XV que representa a su patrón portando el escudo de la Cruz de San Jorge que eran las armas de la Generalidad de Cataluña. En torno la leyenda: S(igillum) : CORTIUM : ET : PARLAMENTORUM : GENERALIUM : PRINCIPATUS : CATHALONIE ('Sello de las Cortes y el Parlamento del General del Principado de Cataluña').[3]

Estaban compuestas por los llamados tres brazos: el eclesiástico, el militar o noble y el real o de las villas. El rey convocaba y abría las Cortes con una proposición real mientras que los brazos eran los encargados de legislar, siempre con el concurso del soberano. Si las leyes que se aprobaban eran las del rey recibían el nombre de "Constituciones"; si se aprobaban las de los brazos, "Capítulos de Cortes". Si el rey aprobaba una ley de forma unilateral recibía el nombre de "Actos de Cortes" y era necesaria la ratificación por parte de las cortes.

Las Cortes Generales de la Corona de Aragón celebraban conjunta y simultáneamente las Cortes de Aragón, Valencia y del Principado de Cataluña. El Reino de Mallorca no convocaba Cortes y enviaba a sus representantes a las del Principado. Como no se podían convocar fuera de Aragón ni del Principado, se solían celebrar en Monzón o en Fraga, localidades aragonesas equidistantes entre Zaragoza y Barcelona.

A diferencia de las Cortes de Castilla de la época, que funcionaban únicamente como órgano consultivo al que el rey concedía privilegios y fueros, las Cortes catalanas eran un órgano normativo, ya que sus acuerdos tenían fuerza de ley, en el sentido de contrato que el rey no podía revocar.

  1. Guillermo Fatás y Guillermo Redondo, Blasón de Aragón: el escudo y la bandera Archivado el 31 de enero de 2012 en Wayback Machine., Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995, pp. 101-102.
  2. Désirée Kleiner-Liebau, Migration and the Construction of National Identity in Spain, Iberoamericana Editorial, 2009, pág. 68.
  3. Alberto Montaner Frutos, El señal del rey de Aragón: Historia y significado, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995, p. 156, fig. 68. ISBN 84-7820-283-8.

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